
El juzgado que instruye el caso también investiga a otros 15 hombres por hechos similares y vinculados al acusado.
El acusado de violar reiteradamente a una menor de 12 años tutelada por la DGAIA en Barcelona, grabarla y anunciarla en aplicaciones de citas para que otros hombres la violaran conjuntamente mientras los registraba ha aceptado 83 años de cárcel.
La sentencia, fruto de un acuerdo de conformidad antes del juicio, también ha establecido una indemnización de 100.000 para la víctima por daños morales, así como la prohibición de acercarse o comunicarse con ella, la prohibición de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento, y la de trabajar con menores de edad durante diez años. El juzgado de instrucción número 7 de Barcelona que instruye el caso también investiga a otros 15 hombres por hechos similares y vinculados al acusado.
Inicialmente, la fiscalía pedía 107 años de cárcel por el autor de los hechos ocurridos en los años 2020 y 2021. El acuerdo alcanzado este lunes reduce la pena significativamente y la sitúa en 83 años de cárcel.
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Según la sentencia, el tribunal dictó un año de cárcel por un delito de acoso a menor de 16 años mediante tecnologías de la información y la comunicación; seis meses de cárcel por un delito de exhibición obscena frente a una menor de edad; y diez años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años con acceso carnal por vía vaginal, anal y bucal, e introducción de miembros corporales, agravado por la actuación conjunta de dos o más personas y por la situación de especial vulnerabilidad de la víctima.
Aparte, los magistrados han condenado al acusado a nueve años de cárcel por seis delitos de agresión sexual a la niña, lo que supone un total de 54 años, con el agravante de situación de especial vulnerabilidad de la víctima.
También han determinado otros nueve años más por un delito de agresión sexual a menor de dieciséis años con acceso carnal por vía vaginal, anal y bucal, e introducción de miembros corporales, agravado por la vulnerabilidad de la víctima. Al mismo tiempo, dictaron otros siete años de cárcel por un delito continuado de utilización de menor de edad para crear pornografía infantil, agravado por el hecho de que la víctima tenía menos de 16 años, porque la hizo participar en escenas de violencia sexual y porque consideraron que la niña se encontraba en una situación de vulnerabilidad en el momento de estos hechos. Por último, han condenado al hombre a un año de prisión por un delito de distribución de pornografía infantil en concurso con posesión de pornografía infantil.
Además de la cárcel, la sentencia obliga al acusado a indemnizar a la víctima con 100.000 euros por daños morales. También se le imponen diversas medidas accesorias: prohibición de aproximarse o comunicarse con la menor, incapacidad para ejercer la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de menores, y prohibición de desempeñar cualquier trabajo o actividad que implique contacto con menores durante décadas. Por último, se le imponen diez años de libertad vigilada una vez cumplida la condena principal.

Equipo de redacción




